En su artículo 1º dispone:
“Las condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo se ajustaran, en todo el territorio de la Republica, a las normas de la presente ley y de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten. Sus disposiciones se aplicaran a todos los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sea la naturaleza económica de las actividades, en el medio donde ellas de ejecuten, el carácter de los centros y puestos de trabajo y la índole de las maquinarias, elementos, dispositivos o procedimientos que se utilicen o adopten”.
En sus distintos capítulos, abarca temas como:
- Características Constructivas de los Establecimientos
- Provisión de agua potable
- Desagües Industriales
- Carga térmica
- Contaminación Ambiental
- Radiaciones
- Ventilación
- Iluminación y Color
- Ruidos y Vibraciones
- Instalaciones Eléctricas
- Maquinas y Herramientas
- Aparatos para Izar
- Aparejos para Izar
- Ascensores y Montacargas
- Aparatos que puedan desarrollar presión interna
- Trabajos con riesgos especiales
- Protección contra Incendios
- Equipos y elementos de Protección Personal
- Selección de personal
- Capacitación
- Estadísticas de Accidentes y Enfermedades del Trabajo
- Sanciones
Seguramente en la actividad de su empresa se encuentran comprendidos muchos de estos temas.